Cala Gaviota S.L colabora con varios bufetes para que se encarguen de los aspectos legales en su proceso de compra y puedan ofrecerle un servicio profesional y completo adaptado a su caso y necesidades.
Cuestiones tales como:
¿Cómo solicitar un N.I.E. en caso de no ser residente?
¿Si es edificable un terreno y cuál es su edificabilidad?
¿Cuál es la situación registral de la propiedad?
¿Existe algún cargo sobre la propiedad?
¿La propiedad es legal o hay forma de legalizarla?
Etc…
Una vez haya resuelto todas sus dudas, deberá tener en cuenta los impuestos y honorarios durante y una vez finalizada la compra de su inmueble tales como:
– Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) *Viviendas de segunda mano.
– Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) *Viviendas de nueva construcción.
– Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) *10% (AJD) – 21% (TPO) – Gastos de notaría.
– Gastos de registro de la propiedad para la inscripción de la escritura.
– Gastos hipotecarios en caso de solicitar hipoteca.
En cuanto al notario, es una figura que deberá ser elegida por la parte compradora y será el encargado de redactar la correspondiente escritura pública de compraventa.
El notario deberá asesorarle de forma imparcial, velando siempre por la parte más débil, que suele ser el comprador.
Le aconsejamos que no firme nada que no entienda o de lo que no esté plenamente convencido porque una vez firmada la escritura, no puede volverse atrás. Ante cualquier duda, pregunte siempre al notario.
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